Ley de Tráfico y Seguridad Vial

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Dice la Dirección General de Tráfico que esta nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial viene para adaptarse a los nuevos tiempos, a la nueva movilidad. Pienso que como titular está genial, pero que ni llega para lo que dice y además llega tarde. Nos parezca bien o mal en AutoFM es la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que tenemos y que vamos a cumplir, por lo que conocerla es del todo imprescindible.

La Ley de Tráfico y Seguridad Vial pretende establecer un marco de convivencia en el que todos los usuarios de la vía tengan el mayor nivel de seguridad vial posible.

Seguridad en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

La seguridad en la conducción, la seguridad del peatón, la seguridad de los usuarios de cualquier tipo de vehículo, la seguridad debería ser el eje central de esta Ley de Tráfico y de cualquier otra actuación relacionada con esta.

El peatón en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Si pensamos primero en los usuarios más vulnerables de la vía todos debemos pensar en los peatones:

  • “Los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales”.

Esto es obvio, pero es de las normas de circulación más incumplidas que existen, ¿Quién no ha visto a un ciclista por la acera montado en la bici, ¿quién no ha visto a una persona en patinete eléctrico por la acera? La sensación de impunidad que tienen los infractores de esta norma es casi total, puesto que en raras ocasiones los agentes de la autoridad hacen valer esta norma con la consiguiente desprotección que genera para el peatón. Si además son peatones extremadamente vulnerables como niños, ancianos o personas con discapacidad ¿quién hace cumplir la norma de preferencia en la acera para los peatones?

El ciclista en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Claro que el ciclista es un usuario vulnerable en la vía, pero tampoco puede saltarse la normativa a su antojo, incluso con la permisividad de la autoridad competente en la regulación del tráfico.

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  • “Para adelantar a una bicicleta deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido”.
  • “Para adelantar a una bicicleta en vías de un solo carril tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros”.

El conductor de un vehículo, ojo que los patinetes eléctricos son vehículos, que infrinja esta norma podrá ser sancionado con una multa de 200 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.

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Se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas. ¿Se aplicará esto también a los patinetes o solo a los coches? ¿Antes de esta Ley de Tráfico y Seguridad Vial se podía parar o estacionar en un carril bici?

Nos está quedando un artículo con más preguntas que respuestas, pero al final es el sentido común, acompañado de un marco jurídico claro y unas autoridades diligentes, lo que hace que la convivencia sea segura entre todos los agentes de la movilidad.

Cinturón de seguridad, casco y sistemas de retención infantil en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

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  • “No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos del carnet”.

Se mantienen los 200 euros y se sube de 3 a 4 puntos por no usar o no usar bien el cinturón de seguridad, el casco, los sistemas de retención infantil y demás elementos de protección.

La parte sencilla es que no usarlo supone el mismo dinero en la multa y un punto más de retirada, la parte más complicada es: “usar de forma inadecuada”, “usar mal”, “no usar bien”… ¿Quién decide cuándo un elemento de seguridad se está usando bien, el agente de la autoridad? ¿Quién forma a ese agente y con qué criterios se va a valorar el correcto o incorrecto uso de un elemento de seguridad? ¿Va la DGT a formar a sus agentes de tráfico y a las plantillas de las policías locales y autonómicas en el correcto uso de los elementos de seguridad? ¿Dónde se van a recoger las variables para saber qué elemento está bien o mal instalado? ¿Será solo una medida de maquillaje?

Adelantamientos seguros en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

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Se suprime la posibilidad de hacer adelantamientos seguros en las carreteras nacionales y convenciones españolas.

  • “Turismos y motocicletas NO pueden rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos”.

Ni la ciencia, ni el sentido común, ni la tensión social ha impedido que una norma que debería ser copiada en el resto del mundo, se elimine. La anterior norma permitía adelantamientos más seguros con menos segundos en el carril de sentido contrario, de la actual no se conocen las consecuencias más allá de una reducción importante de la fluidez del tráfico.

Objetos en la vía en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

  • “Depositar o tirar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos, antes eran 4”.

Restricciones en Zonas de Bajas Emisiones ZBE en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

  • “Se introduce una nueva infracción grave, sancionada con 200 euros de multa por no cumplir las restricciones derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones (ZBE)”.
  • “Por imperativo de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, se obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones”.

Todos conocemos la importancia de tener un aire de calidad, de tener ciudades libres de contaminación atmosférica y ruido. Cerrar una ciudad a todos, sin criterios técnicos o en base a una etiqueta que se ha demostrado poco fidedigna es un despropósito. Descubre cómo la Comisión Europea lo sabe y por eso está impulsando el Proyecto NEMO.

Inhibidores de radares o cinemómetros en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

  • Se prohíbe tener en el coche, lo uses o no, inhibidores de radar. La sanción por incumplimiento es de 500 euros y retirada de 3 puntos del carnet de conducir.

Se permiten los mecanismos de aviso que informen de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico. Se permiten las aplicaciones que te avisan de los radares fijos y de los tramos con posibilidad de un radar móvil.

Recuperación de los puntos del carné en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

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  • El plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos, con independencia de las infracciones que se hubieran cometido.
  • No es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir, el carnet. Con la App miDGT podrás acreditar que tienes autorización para conducir.
  • Cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.

Las trampas nunca se han permitido, ahora además queda reflejado después de la infinidad de anécdotas y experiencia acumulada en los últimos 10 años a la hora de la obtención del permiso de conducir.

  • Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura y eficiente.

Todo el mundo debería reciclarse en algo tan importante como la circulación y la seguridad vial. La formación es una de las claves para llegar a los cero fallecidos en las carreteras.

Alcohol y drogas en menores en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

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  • “Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas, vehículos de movilidad personal o patinetes eléctricos) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0”.

Los motoristas en Ley de Tráfico y Seguridad Vial

  • “Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción”.

En otro momento comentaremos el concepto intercomunicador homologado y el no homologado y cómo el Reglamento 22 de Naciones Unidas es pionero al respecto en su fase 6.

De los guardarrailes asesinos (barreras metálicas de contención) no se dice ni se hace nada.

Después de una gran campaña mediática con respecto a los guantes o los airbags de moto no hay nada.

Teléfonos móviles y navegadores Ley de Tráfico y Seguridad Vial

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  • “Si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos”.

Queda prohibido el uso de teléfonos o navegadores con la mano mientras se conduce. Sí está permitido su uso si no se les toca y se usan comandos de voz, incluso cuando está demostrado que reducen la atención en la conducción.

Tampoco se pueden conducir vehículos con auriculares, ni los coches, ni los patinetes eléctricos, ni los conductores de personalidades del mundo del deporte.

¿Qué hacemos con los coches llenos de pantallitas y sin mandos directos para el climatizador o el volumen? Está clara la postura desde AutoFM, mejor botones de toda la vida para temas de seguridad vial.

Circulación por las aceras Ley de Tráfico y Seguridad Vial

No podrán circular por las aceras los patinetes eléctricos, las bicicletas y los ciclos. ¿Quién lo va a aplicar? ¿Será extensible al estacionamiento desmedido de patinetes eléctricos en las grandes ciudades?

Peajes Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Se incluye una nueva infracción leve consistente en el impago de peaje. Puede que sea el anticipo del pago por uso que se lleva comentando en medios de comunicación para las autovías desde 2020.

No lo pone en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, pero ante un accidente de tráfico dos cosas imprescindibles a pesar de los nervios y de la tensión:

  • Conducta PAS.
  • No sacar al niño del coche, ni del sistema de retención salvo riesgo inminente para el menor (Por ejemplo, coche incendiado).

Multas de la DGT a partir del 21 de marzo de 2022

Repasamos ahora las multas de la DGT a partir del 21 de marzo de 2022 en lo relativo a pérdida de puntos y a la multa económica:

  • Conducir sujetando el móvil con la mano, restará 6 puntos del carnet y multa de 200 €.
  • No usar o usar inadecuadamente el cinturón de seguridad, el casco o el Sistema de Retención Infantil (SRI), restará 4 puntos del carnet y multa de 200 €.
  • Adelantar poniendo en peligro a ciclistas en una carretera sin mantener la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros perderán 6 puntos del carnet y multa de 200 €.
  • Tirar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes, restará 6 puntos del carnet y multa de 500 €.

Hay más multas para repasar:

  • Los menores de edad con licencia para conducir ciclomotores y patinetes eléctricos serán sancionados como adultos si su tasa de alcohol es superior a 0,0.
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  • Multa de 500 € si se usan dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carnet de conducir.
  • Saltarse las restricciones marcadas en un protocolo de alta contaminación tendrán multa de 200 €.
  • Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas tendrá multa de 200 €.
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  • Tener un dispositivo de detección de radares, solo por tenerlo, tiene una multa de 200 €.
  • Conducir teniendo el permiso suspendido tiene multa de 200 €.
  • Motoristas o ciclistas que usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco, serán sancionados con multa de 200 €.
  • Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves será sancionado como infracciones leves con hasta 100 € de multa.
  • Los conductores de coches deben cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido para adelantar a un ciclista.
  • Los motoristas pueden llevar intercomunicadores integrados en los cascos.
  • Se suprime la permisividad de superar en 20 km/h el límite en carretera convencional para realizar la maniobra de adelantamiento.
  • Los usuarios de vehículos de movilidad personal llevarán casco, se prohíbe los patinetes en las aceras y demás zonas peatonales.
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